El Ministerio de Sanidad ha sacado a audiencia pública el proyecto de Real Decreto que regulará la situación de electrodependencia en España y creará el nuevo registro estatal de electrodependientes. La norma, impulsada tras la experiencia del gran apagón del 28 de abril de 2025, establece por primera vez un marco legal y clínico común para todo el territorio nacional. Su objetivo principal es claro y directo: blindar la protección de todas las personas que dependen de un dispositivo médico conectado a la red eléctrica para seguir viviendo o evitar secuelas irreversibles, garantizando la continuidad asistencial e intervenciones prioritarias de Protección Civil ante cualquier corte de luz.
Criterios clínicos y los tres niveles de riesgo por apagón
Para solicitar la condición oficial de persona en situación de electrodependencia, el borrador exige el cumplimiento estricto y conjunto de cuatro requisitos: diagnosticar una patología grave, requerir un producto sanitario eléctrico prescrito por un especialista, contar con dicha prescripción médica e inferir un riesgo vital o funcional grave e inmediato si falla el suministro.
Uno de los aportes técnicos más importantes de este Real Decreto es la clasificación de los pacientes según su ventana de supervivencia sin energía. Sanidad establece tres niveles de criticidad bien diferenciados que orientarán los protocolos de emergencia:
- Nivel 1 (Riesgo Extremo): Pacientes cuya ventana de supervivencia sin el dispositivo conectado es inferior a 30 minutos.
- Nivel 2 (Riesgo Alto): Casos en los que el tiempo de supervivencia sin el equipo sanitario oscila entre 30 minutos y 4 horas.
- Nivel 3 (Riesgo Moderado): Situaciones en las que la persona puede resistir más de 4 horas sin el soporte eléctrico.
Esta escala detallada figurará en el certificado sanitario individualizado, donde además se indicarán las horas diarias de uso exigidas por el tratamiento, la duración prevista del mismo y las especificaciones técnicas del aparato.
Cómo se tramita el certificado y cómo funcionará el Registro Estatal
El procedimiento se inicia en la propia consulta médica: será el especialista de referencia del Servicio Público de Salud quien te informará sobre la posibilidad de solicitar esta acreditación. La solicitud la podrás presentar tú directamente o a través de tu representante legal en la comunidad autónoma donde resides. Tras verificar los cuatro criterios clave, el médico emitirá el certificado que quedará integrado en tu historia clínica.
En cuanto a la infraestructura de datos, el nuevo Registro estatal de personas en situación de electrodependencia estará adscrito al Ministerio de Sanidad e integrado dentro del Sistema de Información Sanitaria del SNS. Sus ventajas operativas son clave para los usuarios:
- Interoperabilidad autonómica: Garantiza que tu certificación sea visible y válida en cualquier servicio de salud de España, protegiendo tu atención técnica y médica aunque te desplaces o cambies de comunidad temporalmente.
- Coordinación directa con Protección Civil: Los servicios de emergencia y las autoridades energéticas dispondrán del mapa de necesidades reales para priorizar rescates, reabastecimiento o generadores auxiliares en apagones graves.
- Plazo de implantación: El sistema deberá estar plenamente operativo en un plazo máximo de 12 meses desde que la norma entre en vigor.
Si quieres aportar alegaciones al texto borrador, el trámite de audiencia e información pública permanecerá abierto hasta el 11 de septiembre. Se pueden remitir las sugerencias por correo electrónico a la dirección informacion_publica@sanidad.gob.es.
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